Marcos Juárez
Lo acusaron de robar y ahora el supermercado deberá pagarle 2 millones
Un hombre denunció que fue maltratado por el personal luego de que sonaran las alarmas cuando estaba de compras. Tras demostrar su inocencia, ahora tendrán que indemnizarlo por daños morales y psicológicos.

La cadena de supermercados La Anónima, de la localidad de Marcos Juárez fue condenada por el Juzgado en lo Civil, Comercial y Familia de 2° Nominación de la ciudad de Bell Ville a pagar 200 mil pesos (dos millones con los intereses) por daños morales y psicológicos a dos clientes que sufrieron malos tratos de dos empleados.
Según informó la Justicia, los damnificados habían sido acusados de retirarse del establecimiento con mercadería que no habían pagado, cuando, en realidad, el sistema de alarmas se había activado por error en la lectura del ticket.
El hecho sucedió en 2018, cuando Alejandro y su esposa se encontraban de compras. En pleno supermercado y a la vista de todos los clientes sonaron las alarmas y los guardias no tuvieron mejor idea que derribarlo al piso, según contó su abogado Catriel Magarello a Cadena 3. El hombre aseguró que los guardias lo «tacklearon» y lo maltrataron en frente de decenas de personas oriundas de la localidad.
«Empezaron a sacarle todos los productos, se llamó al cliente y se lo llevó a un lugar reservado, donde pasaron todos los productos, porque era posible que el lector no haya ‘quemado’ alguno de los códigos de los productos», explicó el letrado.
Entre los productos había un desodorante que costaba 20 pesos, que no fue pasado por el lector de barras y luego hizo sonar las alarmas. «Mi cliente lo volvió a pagar y se fue a la casa con vergüenza por tamaña acusación de robo. Más tarde, con más tranquilidad, se dio cuenta que el producto aparecía en el ticket, y por ende, lo había abonado, pero no le habían quemado el código de barras», detalló Magarello.
Tras conseguir las pruebas de que era inocente, el hombre inició una causa penal. La jueza Elisa Molina Torres tuvo en cuenta en su fallo la envergadura económica de la sociedad demandada, que opera en el mercado a través de una cadena reconocida de supermercados distribuidos en el país.
Luego de determinar la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, la magistrada consideró que los dependientes del supermercado que intervinieron en el hecho no actuaron con la discreción, prudencia y reserva que merecía el caso. Se sumó también a que el acontecimiento ocurrió en una hora pico de concurrencia de público, cerca de las 11, en una ciudad en la que los damnificados eran conocidos.
Molina Torres sostuvo que ello configuró una práctica abusiva, que prevé que los proveedores deberán abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.
A su vez, confirmó que la empresa tenía conocimiento sobre los posibles errores del sistema de alarmas, que podían activarse por causas no imputables al cliente.