Pandemia
Rechazaron el amparo presentado por los judiciales que no quieren cumplir con los protocolos
Un grupo de trabajadores del poder judicial se negaron a vacunarse para volver a la presencialidad y también a presentar los PCR correspondientes. El TSJ determinó que no se trata de un acuerdo irrazonable o desproporcionado.

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) rechazó el amparo presentado por un grupo de empleados del poder judicial que se negaban a vacunarse contra el Covid-19 y se consideraban «avasallados» por la medida que sanciona con licencia sin goce de sueldo a quienes no quieran inmunizarse ni presentar los PCR correspondientes. La decisión se dio a conocer este martes.
De acuerdo a lo que informó Vía Córdoba, desde el TSJ consideraron que en ningún momento se ordenó la vacunación coactiva o forzosa de los agentes judiciales ni la retención de haberes a quienes se negaran a hacerlo, sino que simplemente se fijaron los requisitos que deben cumplir quienes hubieran optado por no recibir ninguna de las vacunas, esto es la presentación de un test de diagnóstico negativo de forma renovable.
«Las reglamentaciones ordenadas no pueden verse como una afectación arbitraria de los derechos y garantías individuales de quienes pudieran concebirse como objetores de conciencia de la vacunación. No se trata de una restricción de derechos, antes bien, se trata de un caso de coordinación de los derechos de los recurrentes con el de los del resto de la sociedad, que se verían comprometidos en un valor tan caro a la existencia humana, como lo es el de la salud», indicaron en la resolución.
Asimismo, el TSJ enfatizó que «no existen elementos que permitan concluir que el Acuerdo Reglamentario n.° 1712 es irrazonable o desproporcionado; por cuanto se encuentra orientado a la consecución de fines y valores constitucionalmente legítimos, tales como la protección de la salud del resto de los empleados judiciales, funcionarios, magistrados, abogados y justiciables en general».
Fuente: Vía Córdoba.