Aborto legal

Interrupción Voluntaria del Embarazo: cómo votaron los diputados cordobeses

La ley obtuvo su media sanción en la Cámara Baja, con 131 votos positivos, 117 negativos y 6 abstenciones. Sin embargo, la mayoría de legisladores de la provincia se manifestaron en contra.

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), tal como había sucedido en el 2018. En esta oportunidad la media sanción de la ley del aborto legal se logró con 131 votos a favor, 117 en contra y 6 abstenciones.

La votación se realizó a las 7.25 de la mañana. Se estima que el proyecto será tratado el 29 de diciembre en el Senado.

Pese a que el proyecto obtuvo mayoría de votos positivos en la Cámara, los diputados por Córdoba se manifestaron mayormente en contra. Hubo 13 votos negativos y cinco a favor: Brenda Austin (UCR), Gabriela Estévez (FDT), Pablo Carro (FDT) y Eduardo Fernández (FDT). En relación a esto, sorprendió el voto positivo de Mario Negri, quien no definía su posición.

Por otra parte, se destacó la postura del bloque oficialista, liderado por Alejandra Vigo y los legisladores Claudia Márquez, Carlos Gutiérrez y Paulo Cassinerio, quienes votaron en contra de la iniciativa. Hasta hace unos días se mostraban como indefinidos y presentaron un proyecto propio para despenalizar el aborto para personas en situación de pobreza, déficit habitacional y «disgregación familiar».

De Juntos por el Cambio votaron también en contra: Luis Juez, Diego Mestre, Adriana Ruarte, Soledad Carrizo, Héctor Baldassi, Víctor Hugo Romero, Gabriel Frizza, Soher El Zukaria y Leonor Martínez Villada (CC-Ari).

El proyecto del Ejecutivo autoriza la interrupción del embarazo hasta la semana catorce (inclusive) de gestación. La práctica deberá ser efectuada, una vez solicitada, en el plazo máximo de diez días corridos. Asimismo deberá ser incluida en el Programa Médico Obligatorio (PMO) para garantizar la cobertura integral y gratuita tanto del sector público como de las obras sociales y prepagas.

Cabe aclarar que la normativa habilita la «objeción de conciencia» por parte de profesionales de la salud que no quieran llevar a cabo la práctica.

Sin embargo, esta objeción no será admitida a nivel institucional. Es decir que las obras sociales y prepagas además de hospitales deben garantizar la práctica de manera gratuita.