Justicia de Córdoba
Aplicaron perspectiva de género y le redujeron la pena a una mujer condenada por narcomenudeo
Se resolvió que la acusada se encontraba en una situación de necesidad extrema y el principal implicado se aprovechaba de ese estado de vulnerabilidad. Asimismo, quedó probado que sufría de violencia de género.

Una mujer de 38 años fue beneficiada en Córdoba con una reducción de la pena en una causa por venta de drogas ya que el juez consideró que se trata de una de las «mujeres violentadas y con altos índices de vulnerabilidad que resultan criminalizadas» por delitos relacionados con estupefacientes.
De acuerdo a lo que informó La Nueva Mañana, se trata de un fallo del juez del Tribunal Oral Federal 1 de la ciudad de Córdoba, Julián Falcucci, quien resolvió condenar a la mujer a tres años de prisión en suspenso por «tenencia de estupefacientes con fines de comercialización».
Cabe destacar que esto corresponde a una pena menor que la establece la legislación vigente la cual fija para ese delito un mínimo de 4 años.
Falcucci declaró la «inconstitucionalidad del mínimo de la sanción punitiva (de 4 años) establecida en dicho tipo penal» y, en consecuencia, «imponer la pena de tres años de prisión, cuyo cumplimiento se deja en suspenso, y sin imposición de multas» económicas, que también exige la ley de punibilidad.
Entre sus fundamentos, el juez consideró que la condenada formaba parte de las «mujeres violentadas y con altos índices de vulnerabilidad que resultan criminalizadas por delitos de drogas, generalmente referidas a actividades de narcomenudeo».
El fiscal federal que tuvo a cargo la acusación en el proceso, Maximiliano Hariabedian, manifestó en diálogo con Télam que en sus alegatos había solicitado que la mujer sea condenada con el mínimo de la pena, que tiene un rango de entre 4 y 15 años, y con «prisión domiciliaria», pero que el Tribunal resolvió atenuar aún más con la suspensión en el cumplimiento de la prisión.
Según expresó el fiscal, la mujer era víctima de violencia de género por parte del principal responsable en la causa, un hombre de 43 años que recibió una condena de 8 años por el delito de ‘almacenamiento de estupefacientes’, con quien mantenía un vínculo amoroso.
«La mujer estaba en una situación de necesidad extrema, y este hombre (R.I.T) se aprovechaba de ese estado de vulnerabilidad ejerciendo una posición de ascendencia sobre ella, dándole dinero y drogas para vender y, de esa manera, mantener a sus dos hijos, a su madre, a una hermana adicta y con VIH y su beba», detalló el fiscal Hairabedian.
Sobre el tema, expresó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ordena que el control de constitucionalidad «debe efectuarse con mesura y sólo puede declararse la invalidez de una norma ante un planteo sólidamente fundado».
El funcionario judicial recordó también que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) provincial, también «acepta que en algunos casos se pueda bajar la pena del mínimo cuando se considere desproporcionada con algún caso en particular». Esa posición está recurrida por la Fiscalía General local, y se espera que la CSJN se expida definitivamente, explicó.
La investigación abarca desde febrero de 2016 a marzo de 2019, los procedimientos se realizaron en el domicilio del principal condenado, en la capital provincial, donde se secuestraron 17 kilos de cocaína, sustancias de cortes y otros elementos, mientras que en el caso de la mujer tenía en su domicilio tres pequeños envoltorios.
El abogado de la mujer, Rodrigo Altamira, y el fiscal Hairabedian, expusieron sobre las condiciones socioeconómicas de la mujer y su condición de víctima de violencia de género, y pidieron que esta situación se contemplara en el veredicto. Asimismo, en el fallo quedó probado que al hombre se impuso una perimetral para que no se acercara a la mujer a partir de una denuncia.
«Todo este escenario cobra especial sentido al entender que la sobrecarga de responsabilidades en la imputada y la falta de recursos económicos para afrontarlas, pudieron motivar a involucrarse en el tráfico ilícito de sustancias», se sostuvo en el fallo.
En los fundamentos de la sentencia, agregaron: «Resulta incuestionable la asunción de roles de cuidado de niños -propios y ajenos-, de su madre con problemas de salud y de su hermana adicta con VIH, más la responsabilidad de procurar recursos económicos para subsistencia de todos».
Fuente: La Nueva Mañana, Télam.