Justicia de Córdoba

El directivo de una empresa deberá indemnizar a una empleada por amenazas

En el fallo se aplicó perspectiva de género y se tuvieron en cuenta las amenazas que ocurrieron en su domicilio personal. Ahora el denunciado deberá asumir una indemnización por daño moral.

Una empresa de Córdoba fue condenada a indemnizar a una empleada por un despido indirecto y, a la vez, un directivo de la firma tendrá que pagar una indemnización por daño moral por haberla amenazado.

De acuerdo a lo que informó La Voz, la resolución del camarista Ricardo Giletta, en tribunal unipersonal de la Sala Primera de la Cámara del Trabajo de la ciudad de Córdoba, aplicó perspectiva de género en el fallo y tuvo por acreditadas las amenazas que ocurrieron en el domicilio personal de la mujer, en presencia de sus familiares.

Es por esto que impuso la indemnización por daño moral que deberá asumir el denunciado y admitieron como prueba la declaración de familiares y allegados de la trabajadora, situación que no hubiera correspondido en un proceso ordinario.

«Estos hechos deben analizarse abordando las evidentes dificultades probatorias de situaciones de violencia que en la vida familiar, laboral y social, afronta la mujer, quien -según las reglas clásicas- debería acreditar el hecho dañoso; hechos que, en la generalidad de los casos, ocurren en ausencia de terceros y sin testigos presenciales», sostuvo Giletta.

Una vez probadas las amenazas del directivo, el tribunal consideró que pese a que el contexto no permita considerarla una amenaza penalmente tipificada, «se ha tratado de un expresión intimidante, que el marco social impone tratar con suma consideración, habida cuenta de la cantidad de hechos violentos que tienen por víctimas a mujeres en manos de hombres de su entorno».

Asimismo, el camarista precisó que aunque el condenado era directivo de la firma, el acto por el que fue condenado no fue llevado a cabo en ejercicio de su rol laboral, sino a título personal y por fuera del ámbito laboral.