Aborto legal
El TSJ rechazó la medida cautelar para suspender la IVE en Córdoba
El Alto Cuerpo no hizo lugar a los recursos de apelación solicitados por Aurelio García Elorrio. Vocales remarcaron que el Poder Judicial carece de atribuciones constitucionales para inmiscuirse en las decisiones adoptadas por el Congreso.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba rechazó este jueves la medida cautelar para suspender Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en la provincia.
De acuerdo a lo que informó La Nueva Mañana, el Alto Cuerpo no hizo lugar no hizo lugar a la medida cautelar que había solicitado el abogado Aurelio García Elorrio, en representación del Portal de Belén, con el fin de que se dejara sin efecto provisoriamente la aplicación de la Ley N° 27610, que establece el aborto legal en el país.
El TSJ concluyó que «no se puede suspender la vigencia de una ley con alcances generales sin lesionar el principio de división de poderes, salvo que se advirtiera una ostensible inconstitucionalidad o vulneración evidente de derechos fundamentales».
De esta manera, confirmó las resoluciones de la Cámara Contencioso Administrativo de la Primera Nominación, que se había expedido en el mismo sentido, contra las que el demandante había interpuesto varios recursos de apelación.
Los vocales Sebastián López Peña, Domingo Sesin, Aída Tarditti, Mercedes Blanc de Arabel, Luis Angulo y Leonardo González Zamar insistieron en que «el Poder Judicial carece de atribuciones constitucionales» para revisar en abstracto o para inmiscuirse en los cambios o decisiones de política legislativa adoptadas por el Congreso.
Asimismo, añadieron: «Se trata de una ley nacional (la n.° 27610), que ha sido discutida ampliamente en dos ocasiones por el Congreso (años 2018 y 2020) y que ha generado un gran debate social».
Fuente: La Nueva Mañana.