Legislatura de Córdoba

Tras los ataques y robos a comercios, reformaron el Código de Convivencia en Córdoba

La iniciativa pretende brindar a las fuerzas de seguridad y de juzgamiento nuevas herramientas para controlar y prevenir los saqueos y ataques piraña. Cuáles son los cambios que se establecieron.

El Código de Convivencia Ciudadana en Córdoba fue modificado tras los robos y ataques a comercios de los últimos días. La Legislatura provincial aprobó este miércoles el proyecto para cambiar algunos puntos de la ley 10326.

De acuerdo a lo que justificaron en la Unicameral, la reforma pretende brindar a las fuerzas de seguridad y de juzgamiento de faltas y contravenciones «nuevas herramientas procedimentales para controlar y prevenir lo que se conoce como saqueos y ataques piraña».

Según publicó ElDoce, el bloque oficialista Hacemos Unidos por Córdoba presentó el proyecto este miércoles y pidió tratarlo en la misma sesión «ante la imperiosa necesidad de dar respuesta urgente a la problemática».

La iniciativa contó con los votos afirmativos del oficialismo y los bloques Juntos por el Cambio, Identidad Peronista y Córdoba Auténtica, más el acompañamiento de los legisladores Marcelo Cossar, Juan Jure y Benigno Antonio Rins, de Juntos UCR.

En contra votaron las bancadas Independiente, Encuentro Vecinal Córdoba, MST, Izquierda Socialista y los legisladores Marisa Carrillo, Verónica Garade Panetta, María Elisa Cafaratti, Patricia De Ferrari Rueda, Dante Rossi y Daniela Gudiño, de Juntos UCR.

Cuáles son los cambios

Se establecieron cuatro cambios específicos:

  • Sancionar acciones atemorizantes para la ciudadanía o para la propiedad pública o privada, a través de la incorporación del artículo 70 bis. Se contemplan penas de multas, trabajo comunitario y hasta 15 días de arresto. El nuevo texto señala a «quienes, en la vía pública o lugares de acceso público, en actitud amenazante o intimidante, formaren parte de aglomeraciones de más de tres personas, con el objetivo de atemorizar a las personas o causar perjuicios a la propiedad pública o privada».
  • Del mismo modo, las personas que inciten, organicen o alienten las actividades arriba indicadas, serán pasibles del doble de las sanciones. Modifica el artículo 122. En lo referido a la detención preventiva se agregan disposiciones referidas al secuestro de los elementos utilizados para la «perpetración de la infracción».
  • Se amplió el detalle de elementos y objetos que la autoridad policial puede secuestrar cuando hayan sido utilizados para cometer la infracción, modificando el artículo 129. Menciona «aparatos de telefonía móvil, tablets, computadoras portátiles, inhibidores de alarmas, vehículos y motovehículos».
  • Incorporó el artículo 135 bis que trata sobre la recepción del sumario de aquellos hechos que califiquen como contravención. Suma «medidas cautelares y de protección» que la autoridad de juzgamiento podrá disponer.

Fuente: ElDoce.