Fallo judicial

Un hombre demandó a una tabacalera por fumar 46 años y perdió

El camionero, procedente de Río Cuarto, realizó una demanda por un millón de pesos tras padecer Epoc debido a su adicción. Sin embargo, ahora deberá pagar los costos del abogado de Massalin.

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba rechazó la demanda de casi un millón de pesos contra la tabacalera Massalin por daños y perjuicios, realizada por un camionero de Río Cuarto que fumó durante 46 años y padece Epoc.

La Sala A de la Cámara, integrada por Eduardo Ávalos, Graciela Montesi e Ignacio Vélez Funes, avaló este miércoles la decisión del juez federal de Río Cuarto, Carlos Arturo Ochoa, de agosto pasado, de hacer lugar a la excepción de prescripción planteada por el fabricante de cigarrillos.

De esta manera, el demandante fue condenado a costear los honorarios de los abogados de las partes, según informó La Voz. El extenso litigio duró casi cinco años.

El demandante señaló que desde los 16 años fumó de forma ininterrumpida hasta 2016, cuando presentó la demanda. Manifestó que le resultaba imposible dejar de hacerlo, pese a los consejos de médicos y de amigos, y que llegó a fumar 20 cigarrillos diarios.

El hombre expresó que le diagnosticaron la Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (Epoc) en 2014, remarcando que los médicos le manifestaron que el cigarrillo era la principal causa por la que a su edad tenía una incapacidad de más del 66%, por lo que no podía realizar ninguna actividad.

El demandante afirmó que la patología que padece está vinculada exclusivamente al consumo de cigarrillos, cada vez más adictivos por el agregado de nicotina en su contenido. Sin embargo, la empresa indicó que las conclusiones de la perita química determinaron que no existe un proceso químico ni agregado de nicotina para hacer el producto más adictivo.

La afiliada de Philip Morris International en Argentina sostuvo que, para responsabilizarla, el hombre debía comprobar que Massalin cometió un delito y que actuó negligente o dolosamente.

La empresa pidió al juez la excepción de prescripción liberatoria por considerar que existían sobrados elementos que demostraban que el camionero sabía o debió saber de los supuestos perjuicios por los que reclama y de sus posibles causas desde hace muchos años.

Por esa razón, indicó que la demanda iniciada el 6 de abril de 2016 prescribió, lo que ameritaba el rechazo. La compañía señaló que la relación entre ella como fabricante y el hombre como consumidor no es directa, sino que es extracontractual, y la acción por responsabilidad civil extracontractual prescribe a los dos años.

Planteó que el camionero habría comenzado a fumar voluntariamente y que no acompañó ningún documento médico que acreditara la existencia de las enfermedades que adujo. Y puntualizó que, si bien atribuyó la Epoc exclusivamente al consumo de cigarrillos, no aportó los estudios que prueben la supuesta relación de causalidad entre la fabricación y el daño en su salud.

Los camaristas confirmaron el fallo de primera instancia, que rechazó la demanda. Determinaron que los agravios planteados por el hombre, contra la decisión de Ochoa, no tenían la entidad suficiente al no indicar de forma precisa las deficiencias de la sentencia.

Recordaron que el juez había concluido que el momento en el que se concretó el daño planteado por el hombre (Epoc) y en el que pudo conocer su estado fue en agosto de 2012, con lo que la prescripción extracontractual de dos años se había concretado (la demanda fue en 2016).

La Sala A confirmó así el fallo del juez, que había rechazado la demanda contra Massalin, y el hombre deberá pagar los honorarios de los abogados de las partes.