Río Tercero

Un hombre no le quería pasar la cuota alimentaria a su mujer porque «vive de fiesta»

La Justicia le exigió al padre demandado que respete la dignidad de su ex esposa. Asimismo, la juez mandó a su abogado a hacer una capacitación en cuestiones de género.

El Juzgado en lo Civil y Comercial y Familia de 1° Nominación de Río Tercero exigió a un padre demandado por falta de pago de cuota alimentaria que «respete la dignidad» de su ex esposa. El hecho ocurrió luego de que el hombre presentara un escrito en el que se negaba a enviar el dinero correspondiente por la manutención de sus hijas alegando que la mujer lo utilizaba para salir de fiesta.

Según informó El Doce, la jueza Sánchez Torassa pidió que el hombre se despoje de los «padrones estereotipados en la distribución de sus roles en el cuidado personal de sus hijas». Asimismo, ordenó que el abogado que lo asesoró asista a una capacitación en género.

En la contestación que realizó ante la demanda judicial que hizo la madre de sus hijas, el hombre aseguraba que no le correspondía enviar dinero con una justificación que no fue aceptada por la Justicia. «Que véase tan solo la improcedencia del reclamo que la actora me reclama gastos de combustible, de seguro, neumáticos, del vehículo que la misma utiliza para salir de juerga con sus amigas/os», manifestó el implicado.

Sin embargo, para la jueza, dichas manifestaciones reflejan menosprecio hacia su ex esposa y son parte de «una visión androcéntrica intolerable en los tiempos que corren».

Por otra parte, el hombre indicó que la mujer le reclamaba dinero para «gastos sociales» y que dicho concepto se refiere «a las salidas de la misma actora, y que sería la misma actora quién pretende que el compareciente le pague sus salidas». Y agregó: «Lo real y cierto es que la actora está reclamando dinero en la presente causa ya que la misma pese a no pagar alquiler y vivir en la vivienda que fuera sede del hogar conyugal, vive de fiestas con amigas/os en dicha vivienda, es asidua concurrente a boliches, fiestas, etc. Y debido a ello es que necesita dinero para poder cubrir sus gastos y salidas más no los de mis hijas, los que están debidamente cubiertos».

En su fallo, la jueza Sánchez Torassa sostuvo que considerar que la progenitora efectúa un reclamo alimentario a favor de sus hijas encubriendo la pretensión de atender sus propios gastos personales, implica «desconocer el valor de las tareas cotidianas que realiza la señora M. G. A., quien ha asumido el cuidado personal de sus hijas». Y añadió: «El tiempo que M. G. A. dedica a la realización de aquellas tareas cotidiana, él puede emplearlo libremente para atender a sus necesidades personales». Para la magistrada, la respuesta del hombre hacia su ex pareja implica un presunto caso de violencia simbólica.

El tribunal hizo lugar al reclamo de fijación de cuota alimentaria y, en consecuencia, condenó al hombre a pagar 12.000 pesos mensuales a sus hijas, más los gastos de escolarización y la obra social. También estableció un reajuste semestral del 15% de la cuota fijada. Además, su abogado deberá completar una «adecuada capacitación en cuestiones de género» para «eliminar los prejuicios y prácticas basadas en la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos».